RESPONSABILIDADES OFICIALES.
La Suprema Corte no está capacitada para revisar las resoluciones dictadas por los Jueces de Distrito, con motivo de responsabilidades oficiales, porque no es tribunal de segunda instancia en materia penal, respecto de las decisiones que dicten los citados Jueces; y si quedan firmes, sin prejuzgar respecto de su legalidad o ilegalidad, debe mandarse separar al funcionario responsable, de su cargo, de acuerdo con lo mandado por los artículos 485 y 486 del Código Federal de Procedimientos Penales y 13, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/279332-11b4c976/responsabilidades-oficiales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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