TRABAJADORES, REQUISITOS QUE DEBEN CONCURRIR EN LOS.
Con arreglo a la definición que da el artículo 3o. de la ley del trabajo, trabajador es una persona que presta a otra un servicio material, intelectual o de ambos géneros, en virtud de un contrato de trabajo. No basta que una persona preste un servicio material o intelectual, o de ambos géneros, sino que es preciso que tales servicios sean en virtud de un contrato de trabajo; y como éste es aquél por virtud del cual, una persona se obliga a prestar a otra bajo su dirección y dependencia, un servicio personal mediante una retribución convenida, es necesario probar tales circunstancias para justificar que una persona reúne los requisitos indispensables para ser considerada como trabajador, en los términos de la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/279342-401cc75e/trabajadores-requisitos-que-deben-concurrir-en-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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