MINAS, ACCIDENTES EN LAS.
Aun cuando no exista artículo expreso en la Ley Minera, que empezó a regir el 1o. de octubre de 1930, en el cual se declaró competente a los tribunales federales, para conocer de los procesos instruidos con motivo de los accidentes acaecidos en las minas y que pongan en peligro la estabilidad en los trabajos de las mismas o la vida de los operarios como tanto la citada ley, como la que le precedió, son de naturaleza netamente federal, es incuestionable que el conocimiento de las controversias corresponde a los tribunales de la Federación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/279390-84ca3e8d/minas-accidentes-en-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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