CLASIFICACION DEL DELITO.
Si el tribunal clasifica el delito de distinta manera de como lo hace le Ministerio Público, e impone al reo una pena mayor de la pedida por el mismo ministerio, con ello viola el artículo 21 constitucional que encomienda exclusivamente a dicha institución, el ejercicio de la acción penal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/279461-f449cbe3/clasificacion-del-delito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3527/21. Sánchez José. 7 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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