CASACION.
La Corte ya ha resuelto que el recurso de casación se considera como extraordinario, y que, consiguientemente, no es indispensable acudir a él, para poder ocurrir después al juicio de amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/279513-4f507fd3/casacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo. Delgadillo viuda de Delgadillo Anastasia. 20 de enero de 1925. Unanimidad de diez votos, en cuanto al primer punto resolutivo. Mayoría de seis votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Francisco M. Ramírez , Francisco Díaz Lombardo y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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