CLASIFICACION DEL DELITO.
La Suprema Corte ha establecido que la garantía constitucional de que todo proceso se siga forzosamente por el delito o delitos señalados en el auto de formal prisión, no se viola porque se cambie la clasificación del delito, si el proceso se sigue por los mismos hechos delictuosos que motivaron la acusación; pues esa garantía se refiere al caso en que, abierto el proceso por un hecho delictuoso, no puede continuarse por otro distinto, pues el delito lo constituye el hecho que cae bajo la sanción de una ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/279577-f95037af/clasificacion-del-delito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo. Trujillo Juvenal. 14 de febrero de 1925. Mayoría de siete votos. Disidentes: Sabino M. Olea y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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