BIENES DE PROPIEDAD PUBLICA.
La venta ilegal que de ellos se haga, solo puede causar agravio al Estado, y los particulares no tienen capacidad para reclamar la nulidad de esa venta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/279784-87b02083/bienes-de-propiedad-publica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo. Harman Jury Carlos. 18 de abril de 1925. Mayoría de siete votos. Disidentes: Manuel Padilla, Jesús Guzmán Vaca y Ernesto Garza Pérez, respecto al primer punto resolutivo. Unanimidad de diez votos, por lo que hace al segundo punto resolutivo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- BIENES MUEBLES. (s/clave)
- PROPIEDAD. (s/clave)
- COMPRAVENTA, BUENA FE EN LA. (s/clave)
- DOCUMENTOS PUBLICOS. (s/clave)
- PROPIEDAD. (s/clave)
- PROMESA DE VENTA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis