COSTAS.
La legislación civil del Distrito Federal, proviene que será condenado en ellas, el que lo fuere por dos sentencias conformes de toda conformidad en su parte resolutiva, sin tomar en cuenta la declaración sobre costas. En este caso, la condenación comprenderá las costas de ambas sentencias.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/279806-ba137108/costas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo. Fuente de Patiño Victoria y coagraviado. 22 de abril de 1925. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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