LETRAS DE CAMBIO.
La aceptación de una letra a determinado plazo, es una obligación pura y no condicional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/279909-e637c39c/letras-de-cambio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica. Aznar Preciat Ernesto. 15 de junio de 1925. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- LETRAS DE CAMBIO. (s/clave)
- LETRAS DE CAMBIO. (s/clave)
- LETRAS DE CAMBIO. (s/clave)
- LETRAS DE CAMBIO. (s/clave)
- LETRAS DE CAMBIO. (s/clave)
- ACEPTANTE DE UNA LETRA DE CAMBIO, OBLIGACIONES DEL. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis