ACEPTANTE DE UNA LETRA DE CAMBIO, OBLIGACIONES DEL.
El aceptante de una letra de cambio sólo puede oponer contra la misma, la excepción de falsedad de la aceptación o de la letra.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/362423-35b9abcb/aceptante-de-una-letra-de-cambio-obligaciones-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica 140/30. Marino Uribe. 7 de septiembre de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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