PERITOS.
Los honorarios del perito tercero, para conseguir su mayor imparcialidad, y dentro del orden material de las cosas, deben ser cubiertos por mitad entre las partes, y el pago no debe preocupar al Juez, hasta el grado de hacer depender de él la designación del perito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280032-83cf3ff8/peritos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo administrativo 305/27. Comisión Local Agraria de Hidalgo. 17 de enero de 1928. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Salvador Urbina y Ricardo B. Castro. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XXII, página 1079. Indice Alfabético. Queja 303/27. Comité P. E. de San Miguel Acambay. 17 de enero de 1928. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Salvador Urbina y Ricardo B. Castro. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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