ALBACEAS.
Contra el auto que declare que cesan en su cargo, procede conceder la suspensión, mediante fianza, porque con ello nada sufren la sociedad ni el Estado, si no se deja a la sucesión respectiva sin representante legal, y porque los perjuicios que se irrogan al albacea removido, pueden ser de difícil reparación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280104-ec9f678e/albaceas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. Méndez Rivas Joaquín. 9 de febrero de 1928. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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