Corpus
Modo: Corpus Pro

PRUEBAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 280226 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 620

La disposición legal que manda que se reciban con citación de la parte contraria, debe entenderse en el sentido de hacerle saber a ésta, que se va a recibir determinada prueba, y no en el de que se le cite materialmente para el momento y lugar en que la prueba ha de recibirse.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280226-93563156/pruebas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Recurso de súplica 75/27. Padilla Ezequiel. 13 de marzo de 1928. Mayoría de nueve votos. Disidentes: Salvador Urbina y Arturo Cisneros Canto. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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