PRUEBAS, APRECIACION DE LAS.
Las pruebas rendidas fuera del término legal, no pueden apreciarse en la sentencia definitiva, salvo que se trate de pruebas decretadas para mejor proveer, y que, en ese concepto expreso, se hayan mandado recibir.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/362381-77ef91a7/pruebas-apreciacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 913/30. Paredes Alcerreca Eugenio, sucesión de. 27 de abril de 1933. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Joaquín Ortega. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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