PRUEBAS, APRECIACION DE LAS.
La valorización y apreciación de las pruebas, queda al arbitrio de los tribunales, y solamente que al hacerlas se infrinja alguna de las reglas que norman la prueba, y que tal infracción constituya una violación de garantías, habrá lugar al amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/289125-9885a913/pruebas-apreciacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo. Ortiz y Celis Librado. 4 de agosto de 1919. Mayoría de nueve votos. Disidentes: Agustín Urdapilleta y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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