APRECIACION DE LA PRUEBA.
Si bien cierto que los tribunales son soberanos para hacer la apreciación de las pruebas, tal hecho importa una violación de garantías si, al hacer tal apreciación, se violan las leyes reguladoras de la prueba.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286669-05cffdb7/apreciacion-de-la-prueba · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo. Aranda Silvino. 5 de diciembre de 1922. Mayoría de siete votos. Ausentes: Enrique Moreno y Benito Flores. Disidente: Patricio Sabido., respecto de la primera proposición resolutiva. Mayoría de siete votos. Disidente: Ernesto Garza Pérez, respecto de la segunda proposición resolutiva. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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