LEVANTAMIENTO DE SELLOS.
Cuando se concede la suspensión contra la clausura de un local, deben levantarse los sellos puestos por la autoridad responsable, la fijación de los cuales, no constituye un estado jurídico, sino un medio preliminar para ejecutar el acto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280555-6f025bfb/levantamiento-de-sellos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión. Sociedad en Nombre Colectivo "Sotres y Rodríguez". 11 octubre de 1928. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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