DENUNCIOS MINEROS.
Cuando una concesión minera ha sido declarada caduca, la Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo, tiene la facultad discrecional de declarar que los fundos mineros representan para la Federación un valor de consideración, por su estado de desarrollo, así, como la de conceder su explotación, mediante un contrato especial, cuyas cláusulas se establecerán por la misma secretaría, y sin sujetarse a la sustanciación establecida por la Ley Minera y su reglamento, y observando procedimientos especiales para el caso y el uso de tales facultades, no es violatorio de garantías para quien presenta un denuncio, relativo a los fundos cuya concesión ha sido declarada caduca.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280587-106839cf/denuncios-mineros · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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