SUSPENSION EN MATERIA AGRARIA.
Es improcedente conceder la suspensión, contra las resoluciones presidenciales que manden dotar de ejidos a un poblado, fundándose en que el propietario afectado, obtuvo la protección federal contra el fallo provisional respectivo, porque esto es materia que deberá estudiarse en el fondo del amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280615-7c068a53/suspension-en-materia-agraria · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Herrejón Antonio, sucesión de. 25 de octubre de 1928. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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