JURADO POPULAR.
En los juicios de amparo se consideran violadas las leyes del procedimiento y privado al quejoso de defensa, cuando se someten a la resolución del jurado, cuestiones de distinta índole de la que la ley señala.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280944-323198a8/jurado-popular · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3765/23. Aguirre Epifanio. 7 de julio de 1928. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Ricardo B. Castro y Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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