JURADO POPULAR.
Si un reo debe ser juzgado por el jurado popular, de acuerdo con las disposiciones penales correspondientes, y se le juzga por un tribunal diferente del jurado, se violan sustancialmente las leyes del procedimiento, y debe concederse el amparo para el efecto de que se reponga el procedimiento; desde el punto en que se cometió la violación constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/315504-252abba5/jurado-popular · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4019/23. Schiltz Alonso. 14 de febrero de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- JURADO POPULAR. (s/clave)
- JURADO POPULAR. (s/clave)
- JURADO POPULAR. (s/clave)
- JURADO POPULAR. (s/clave)
- JURADO POPULAR. (s/clave)
- JURADO POPULAR. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis