REVISION.
Cuando los fallos dictados en amparo por los Jueces de Distrito, no analizan todos los capítulos de violación, deben estudiarse por la Corte, al resolver la sentencia, para decidir si por alguno de ellos, es procedente el amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/281018-41317aa9/revision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3696/27. Compañía de Servicio de Agua y Drenaje de Monterrey, S.A. 25 de julio de 1928. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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