REVISION.
Aunque los agravios expresados por la autoridad responsable, contra la sentencia dictada por el Juez de Distrito, sean procedentes, si aquélla no se ocupa de todos los capítulos de violación alegados en la demanda, es necesario examinarlos en la revisión, para decidir si debe concederse, o no, el amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/281621-0e8fa1df/revision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1889/25. Díaz Lombardo Isidro. 19 de octubre de 1927. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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