ESTADOS DE LA FEDERACION.
Los Estados no pueden, ni aun por razón de impuestos, impedir la libre importación y exportación de mercancías, aun cuando aleguen necesitarlas para su consumo, puesto que la prohibición constitucional es absoluta y no admite distinciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/281239-0f59a247/estados-de-la-federacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 529/211. Sociedad "Rogelio Gómez y Hermano". 20 de julio de 1927. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- IMPUESTOS ALCABALATORIOS. (s/clave)
- IMPUESTOS ALCABALATORIOS. (s/clave)
- IMPUESTOS ALCABALATORIOS. (264)
- IMPUESTOS ALCABALOTORIOS. (s/clave)
- ESTADOS DE LA FEDERACION. (s/clave)
- ALCABALAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis