PRESCRIPCION NEGATIVA.
La prescripción negativa se verificará, haya o no buena fe, por el sólo lapso de veinte años, contados desde que la obligación pudo exigirse conforme a derecho. El plazo para la prescripción quedó interrumpido por la Ley de Pagos, desde el 14 de diciembre de 1916, hasta el 16 de abril de 1918, porque durante ese plazo no pudieron ejercitarse las acciones legalmente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/281259-ce976c0f/prescripcion-negativa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 1458/23. Alvarez Lorenzo, sucesión de. 22 de julio de 1927. Mayoría de ocho votos. Disidente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- PRESCRIPCION NEGATIVA. (s/clave)
- PRESCRIPCION NEGATIVA. ES APLICABLE EL CODIGO CIVIL QUE ESTABA VIGENTE CUANDO TRANSCURRIO EL LAPSO DE PRESCRIPCION. (XXI.1o.28 C )
- PRESCRIPCION NEGATIVA. (s/clave)
- PRESCRIPCION. (s/clave)
- PRESCRIPCION NEGATIVA. ES APLICABLE EL CODIGO CIVIL QUE ESTABA VIGENTE CUANDO TRANSCURRIO EL LAPSO DE PRESCRIPCION. (s/clave)
- PRESCRIPCION. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis