AUTO DE EXEQUENDO.
La suspensión contra él es improcedente, porque no causa al ejecutado perjuicios difícil reparación, toda vez que puede ejercitar sus derechos durante la sustanciación del juicio, oponiéndose a la ejecución.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/281294-07ca239e/auto-de-exequendo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. Vázquez Luis. 2 de agosto de 1927. Mayoría de seis votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Salvador Urbina y Ricardo B. Castro. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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