APELACION EN MATERIA MERCANTIL.
En ella no se admite ningún género de pruebas, aun cuando sean de las que no suspenden el curso de los autos, debiendo tramitarse con un solo escrito de cada parte y el informe en estrados, si los litigantes quisieren hacerlo, y la disposición que ordena que la prueba de confesión puede rendirse en cualquier estado del juicio, contestada que sea la demanda y hasta la citación para la sentencia definitiva, se refiere a la primera instancia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/281537-60642d99/apelacion-en-materia-mercantil · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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