SUPLICA.
Este recurso sólo procede contra las sentencias de segunda instancia, dictadas en las controversias sobre cumplimiento y aplicación de leyes federales, y cuando en dichas controversias sólo se afecten intereses particulares.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/281655-f0732b93/suplica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo XXI, página 1763. Indice Alfabético. Recurso de súplica 42/25. Nieckler Othón. 28 de diciembre de 1927. Mayoría de ocho votos. Ausentes: Salvador Urbina y Ricardo B. Castro. Disidente: Francisco Díaz Lombardo. Ponente: Jesús Guzmán Vaca.
Tomo XXI, página 1163. Recurso de súplica. Revisión del auto que desechó el recurso 124/27. Bolio Manzanilla Adolfo. 31 de octubre de 1927. Mayoría de nueve votos. Ausente: Salvador Urbina. Disidente: Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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