REVISION.
Si el quejoso, al interponerla, no cumple con el requisito de presentar tres copias del escrito en que interponga el recurso, ni hace saber al Juez de Distrito, la interposición del mismo, tales hechos son motivo fundado para desechar la revisión y declarar ejecutoriado el fallo del Juez de Distrito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282469-631f2a89/revision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo XIX, página 1315. Indice Alfabético. Amparo 2612/23. Banco de Montreal. 30 de octubre de 1926. Mayoría de siete votos. Disidentes: Francisco Díaz Lombardo y Salvador Urbina. Excusa: Gustavo A. Vicencio. Relator: Salvador Urbina.
Tomo XIX, página 191. Amparo penal en revisión 1513/24. Flores Pioquinto. 27 de julio de 1926. Mayoría de siete votos. Disidente: Francisco Díaz Lombardo. Excusa: Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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