DOTACION DE EJIDOS.
La Corte ha establecido, en diversas ejecutorias, que las resoluciones presidenciales, sobre dotación de ejidos, tienen el carácter y la fuerza de la cosa juzgada, y, por tanto, no pueden ser revocadas ni modificadas, ni aun por el mismo presidente de la República; y si dichas resoluciones fueron objeto de una sentencia de amparo, podrán modificarse en cuanto sea necesario, para hacer efectiva dicha sentencia, permaneciendo firmes en todo lo demás.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282560-1a136873/dotacion-de-ejidos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo XIX, página 1235. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 172/21. Cravioto Pompeyo y socios. 2 de septiembre de 1926. Mayoría de ocho votos. Ausente: Jesús Guzmán Vaca y Sabino M. Olea. Disidente: Elías Monges López. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XIX, página 366. Amparo administrativo en revisión 2674/21. Couttolene Antonio, sucesión de. 27 de agosto de 1926. Unanimidad de nueve votos. Ausente: Sabino M. Olea. Relator: Francisco Díaz Lombardo.
Jurisprudencia relacionada
- DOTACION DE EJIDOS. (s/clave)
- DOTACION DE EJIDOS. (s/clave)
- DOTACION DE EJIDOS. (s/clave)
- EJIDOS, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA LAS DISPOSICIONES DE DOTACION DE. (s/clave)
- AMPLIACION DE EJIDOS. (s/clave)
- DOTACIONES DE EJIDOS, AMPARO CONCEDIDO CONTRA LAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis