AUTO DE FORMAL PRISION.
El auto de formal prisión cambia la situación jurídica del procesado, aun cuando no se haya llevado a cabo su detención, por haber obtenido que el Juez Federal respectivo, suspenda ésta; pues llegado el caso, el procesado ingresará a la prisión, en la condición que le asigne el proceso, y si el auto de formal prisión se ha dictado, han cesado los efectos del acto reclamado, consistentes en la detención.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282685-7756fdb8/auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 2374/25. González Leocadio M. 11 de octubre de 1926. Mayoría de seis votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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