DETENCION.
Si el quejoso ha sido indebidamente puesto en libertad, y la detención que en su contra se dicte, no es violatoria del artículo 16 constitucional, no puede concederse, contra ella, la protección federal, sólo porque el quejoso ha sido excarcelado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282687-6ea0adb7/detencion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 100/25. Hernández y Lara Carlos. 11 de octubre de 1926. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo XVI, página 1485, tesis de rubro "DETENCION.".
Tomo XVII, página 22, tesis de rubro "DETENCION.".
Jurisprudencia relacionada
- DETENCIÓN.- (1114)
- DETENCION POR AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS. (s/clave)
- DETENCION, ORDEN DE. (s/clave)
- DETENCION. (s/clave)
- DETENCION. (s/clave)
- DETENCION ILEGAL. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis