TIERRAS OCIOSAS.
La Ley Federal de 23 de junio de 1920, relativa a tierras ociosas, no puede ser aplicada en los Estados, en tanto no sea reglamentada, en la forma que la misma ley previene.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/283235-084cc687/tierras-ociosas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2272/25. Cortina Solórzano José y coagraviado. 7 de abril de 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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