REMATES.
Aun cuando se hayan verificado, procede contra ellos la suspensión mediante fianza, para los efectos de que el rematante no transmita los bienes rematados a tercera persona, si dichos bienes están sujetos a cédula hipotecaria y el acreedor ocurre en amparo, porque con el remate se vulneran sus garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/283499-f8b32cbe/remates · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Caja de Prestamos. 24 de junio de 1926. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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