SUSPENSION.
Para concederla, es requisito indispensable que con ello no se cause daño o perjuicio a la sociedad o al Estado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/283584-94802f7a/suspension · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Espinosa Enrique. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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