APRECIACION DE LAS PRUEBAS.
Si la demanda se endereza contra la inexacta apreciación de las pruebas, deben citarse los artículos reguladores de la prueba, que hayan sido violados, tal como lo establece la fracción V del artículo 103 de la Ley de Amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/283693-a5a0e6ed/apreciacion-de-las-pruebas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 1275/23. Bordón José. 14 de agosto de 1925. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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