PRUEBAS, APRECIACION DE LAS.
El amparo, tratándose de la apreciación de las pruebas, sólo es procedente cuando se han infringido las leyes reguladoras de las mismas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/358877-7a42b8e5/pruebas-apreciacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 7360/32. Laugier Florimond. 6 de febrero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Abenamar Eboli Paniagua La publicación no menciona el nombre del ponente.
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