APRECIACION DE LA PRUEBA.
La que hacen los tribunales en uso de la facultad soberana que la ley les concede, sólo puede dar lugar al amparo, si se han violado las leyes reguladoras de la prueba.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286533-97285153/apreciacion-de-la-prueba · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo. Andrade Francisco N. sucesión de. 28 de agosto de 1922. Mayoría de siete votos. Ausentes: Ignacio Noris y Enrique Moreno. Disidentes: Alberto M. González y Adolfo Arias. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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