PRUEBAS, APRECIACION DE LAS.
La apreciación de las pruebas que hacen los tribunales, en uso de la facultad soberana que la ley les concede, sólo puede dar lugar al amparo, cuando haya una violación de las leyes reguladoras de la pruebas o una alteración de los hechos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/313852-084d21e7/pruebas-apreciacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3043/31. Leal Ramón. 12 de abril de 1932. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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