AGRAVIOS.
Si no tienen relación con la sentencia recurrida, no deben tomarse en consideración.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/283708-86fc6f69/agravios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1297/22. "El Aguila", S.A. 18 de agosto de 1925. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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