MULTA.
La que impongan los Jueces del Distrito, por considerar que se ha promovido un amparo con notoria falta de motivo, debe revocarse, si la Corte, al revisar, concede la protección federal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/283988-ee9fd7f2/multa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 259/25. Gálvez Arcadio. 26 de octubre de 1925. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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