CONTRATOS.
La voluntad de las partes es la ley que rige los contratos, y la decisión de los tribunales que, sin violar ningún precepto legal, condene al cumplimiento de lo pactado por los contratantes, no viola garantía individual alguna.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284125-2d7af49b/contratos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 3647/23. González Eusebio. 12 de diciembre de 1925. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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