CONTRATOS.
Los contratos legalmente celebrados, obligan al cumplimiento de lo expresamente pactado; y tanto esto, como su validez, no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes. Los tribunales no deben interpretarlos apartándose de los términos claros, que fueron empleados en su redacción.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284901-54069e77/contratos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo XIV, página 1876. Indice Alfabético. Amparo 3760/23. Martel Felipe S. 15 de mayo de 1924. Unanimidad de diez votos. Ausente: Leopoldo Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XIV, página 574. Amparo civil directo 181/20. Santaella Hipólito. 7 de febrero de 1924. Unanimidad de diez votos. Excusa: Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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