AMPARO DIRECTO.
En la sentencia relativa, la Corte sólo debe ocuparse de las cuestiones legales que la demanda proponga.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284137-7205a6b7/amparo-directo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 625/23. Breckenridge Napoleón Bonaparte. 15 de diciembre de 1925. Unanimidad de nueve votos, en cuanto a los puntos resolutivos. Mayoría de siete votos en cuanto a los fundamentos. Disidentes: Sabino M. Olea y Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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