CORRECCIONES DISCIPLINARIAS.
Los Jueces de Distrito tienen facultades para imponer correcciones disciplinarias, por falta de respeto a su autoridad, y esas correcciones pueden imponerse a las autoridades responsables, por ser ellas parte en el juicio de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284187-38aabff6/correcciones-disciplinarias · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 243/25. Juez Tercero de Primera Instancia de Veracruz. 28 de diciembre de 1925. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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