COSTAS EN LA SUPLICA.
No procede condenar en ellas, cuando quien debe pagarlas es el fisco federal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284305-b65e1ec5/costas-en-la-suplica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. Navarrete y V. Jesús y otros. 28 de julio de 1924. Mayoría de siete votos. Ausentes: Manuel Padilla y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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