CONTRIBUCION FEDERAL.
La Ley del Timbre autoriza su cobro, aun en los casos de depósitos provisionales, sin perjuicio de que se devuelva íntegra la cantidad depositada o las diferencias que correspondieron según el resultado final del amparo, por lo que es procedente exigir la cancelación de estampillas en el billete de depósito provisional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284373-e3bb0a41/contribucion-federal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Recaudador de Contribuciones de Tacubaya. 18 de agosto de 1924. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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