SUCESIONES.
El impuesto a sucesiones se causa, no en la fecha de la muerte del autor de la herencia, sino en aquella en que se hace la aplicación de bienes, y de acuerdo con la ley vigente en la fecha de esa aplicación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284464-8abcbdf8/sucesiones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Gómez Juan S. 26 de septiembre de 1924. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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