COMPETENCIA EN AMPARO.
Cuando del amparo toca conocer al Juez de Distrito, tendrá la competencia aquel en cuya jurisdicción, se dicte y ordene, se ejecute, o trate de ejecutarse, la ley o acto que lo motive, y si hubiere dos Jueces de Distrito que tuvieren la misma jurisdicción, cualesquiera de ellos, a elección del quejoso, podrá conocer el amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284633-8c72bf47/competencia-en-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia 185/24. Suscitada entre los Jueces de Distrito, Tercero Supernumerario del Distrito Federal, y Supernumerario del mismo ramo, en el Estado de Veracruz. 10 de diciembre de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XV, página 1441. Indice Alfabético. Competencia 176/24. Suscitada entre los Jueces Segundo Supernumerario de Distrito en esta capital y Supernumerario del mismo ramo en el Estado de Veracruz. 10 de diciembre de 1924. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Gustavo A. Vicencio, Leopoldo Estrada y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- COMPETENCIA EN AMPARO. (s/clave)
- COMPETENCIA EN AMPARO. (s/clave)
- COMPETENCIA EN AMPARO. (s/clave)
- COMPETENCIA EN AMPARO. (s/clave)
- COMPETENCIA EN AMPARO. (s/clave)
- COMPETENCIA EN AMPARO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis