BEBIDAS ALCOHOLICAS.
El castigo de las infracciones al reglamento de bebidas embriagantes, corresponde en el Distrito y Territorios Federales, a los presidentes municipales y no al gobernador del Distrito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284793-4491e3b8/bebidas-alcoholicas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. González Plácido. 17 de enero de 1924. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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